6.f Comprobar los límites con fuentes textuales

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f) A pesar de la relativa confiabilidad de este método puede ocurrir que las definiciones de límites coloniales diverjan. Como ya indicamos, hay una vasta literatura historico-geográfica de la época, y también reales cédulas y similares documentos jurídicos pueden señalar límites de jurisdicciones y otros territorios. Cuando los definen, es casi siempre enunciando aspectos topográficos como cimas de montaña, sierras o ríos. En los casos en que esta información no coincide con nuestro mapa base, ajustamos los límites de la jurisdicción de acuerdo con la información textual siempre que no haya conflicto con el principio de "límites pragmáticos" (i.e., lugares administrados por otra entidad a pesar de las definiciones).

Aun así, es común que no se definan los límites precisos: o no se dice si un lugar poblado limítrofe cae dentro de una u otra jurisdicción; o una jurisdicción termina "por las montañas", que no necesariamente significa la crestería; o se define la crestería como límite, pero no todo define los límites al norte o al sur de la sierra, etc. En estos casos respetamos los actuales límites municipales (principio de continuidad).

Imagen: La división entre las jurisdicciones de Rancagua en el sur y Santiago de Chile y Melipilla por el norte está definida por el río Maipo. Sin embargo, los modernos municipios de Melipilla e Isla del Maipo incluyen territorios al sur del río, por lo que hubo que ajustar el mapa.